Rechaza el recurso presentado por Patricia Marín y Araceli González, a las que se atribuye un presunto delito de prevaricación por omisión

Fuente: Juan Cano | Diariosur.es

Los tribunales asisten a una nueva batalla judicial por el ruido en la que los vecinos han ganado el último de los asaltos disputados hasta el momento. Pero los golpes, esta vez, no solo han ido dirigidos contra el negocio que generaba el supuesto exceso de decibelios. La Audiencia Provincial mantiene como imputadas a las exconcejalas de Medio Ambiente Patricia Marín y Araceli González por un presunto delito de prevaricación por omisión al considerar que no actuaron debidamente contra el establecimiento denunciado, según la resolución judicial, a la que ha tenido acceso SUR.
La causa se inició a raíz de una querella presentada por un grupo de vecinos contra el restaurante Limonar 40, ubicado en el paseo del mismo nombre, motivada por el exceso de ruido que procedía del establecimiento, debido a que este usó como reclamo el recurso de la música, según la Audiencia. Los afectados presentaron dos informes periciales. El primero, fechado en septiembre de 2007, establecía que se superaba en 12 decibelios el límite permitido en la zona; el segundo, de agosto de 2010, elevaba el nivel de contaminación acústica a 24 decibelios.
El caso se siguió en el Juzgado de Instrucción 12 de Málaga, que citó las dos exconcejalas, imputadas por presunta prevaricación; así como a los responsables de la empresa propietaria del local y la que alquiló una parte del mismo para explotar el negocio, que han sido imputados por un supuesto delito contra el medio ambiente, según el auto de apertura de procedimiento abreviado.
Continuas denuncias
Las quejas de estos vecinos por el nivel sonoro de la música del restaurante derivó en varias denuncias formuladas por la Policía Local y por los propios afectados que tuvieron entrada en las áreas de Medio Ambiente y Comercio del Ayuntamiento de Málaga entre 2005 y 2008.
Como consecuencia, se abrieron varios expedientes en los que se acordó el precinto del equipo de música y la imposición de sendas multas de 3.000 y 6.000 euros, lo que, según la Audiencia, «parece haber tenido para los responsables del negocio más el carácter de broma que de verdadera sanción».
La jueza imputó a las exconcejalas al entender que ambas se encontraban en una posición de dominio y capacidad de decisión; «[...] teniendo recursos legales para evitar el daño, no lo hicieron, con una clara dejación de su deber», reflejó la instructora en un auto.
Las dos exedilas y los responsables de la empresa dueña del local recurrieron sus respectivas imputaciones. Patricia Marín, que fue concejala entre 2005 y 2007, alegó que ella no era la responsable en la materia, según recoge la resolución judicial. Araceli González, que la sucedió en el cargo, argumentó que la actividad de su departamento se materializó en las dos sanciones impuestas.
La Audiencia rechazó estas alegaciones, ya que, pese a las multas, no ordenaron inspección alguna del establecimiento. La Sección Segunda desestimó los recursos de apelación presentados al considerar que la actuación observada constituía un medio para «cerrar los ojos de manera consciente» ante una situación, «como es la que aquí sucedía, que precisaba de una intervención urgente», recoge la resolución.

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Oficina de Ingeniería Acústica, domótica y telecomunicaciones

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