Fuente: EFE Sevilla.

La dueña de una cafetería situada en un pueblo de Sevilla ha sido condenada a aislar el local, retirar el aparato de aire acondicionado y los veladores y a indemnizar en 6.000 euros a un matrimonio que durante años sufrió ruidos superiores en un 731% a lo permitido. Una sentencia del juzgado de primera instancia 22 de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe, explica que la cafetería permanecía abierta los fines de semana hasta las tres de la madrugada y sus veladores instalados en la calle, aparatos de aire acondicionado y dos televisores en el interior del local provocaban unos ruidos calificados de «intolerables» por las ordenanzas en vigor. Dos mediciones técnicas, una de ellas realizada por la Empresa de Gestión Medioambiental (Egmasa) de la Junta, detectaron que al dormitorio y salón del matrimonio afectado llegaban ruidos superiores a lo autorizado en un 553% y 731%.

Por ello, los afectados serán indemnizados en 3.000 euros cada uno, según la sentencia, que además obliga al local a cerrar hasta que se aisle correctamente, a ejercer su actividad con las puertas cerradas, a retirar los veladores, no permitir la celebración de fiestas y quitar el aparato de aire acondicionado hasta que demuestre que los niveles de ruido se encuentran dentro de lo permitido. La asociación Juristas contra el Ruido, que presentó la demanda, explicó que la sentencia considera demostrado que los afectados vieron vulnerado su derecho al descanso y a la intimidad del domicilio, con independencia de que la cafetería tuviese todos los permisos de apertura. El juez expresa que «no es de recibo» el argumento del abogado de la cafetería de que los denunciantes «pueden descansar a partir de la hora de cierre del local».

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Oficina de Ingeniería Acústica, domótica y telecomunicaciones

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